

¿Qué es la violencia vicaria?
Definición
La psicóloga Sonia Vaccaro la define como:
“Una forma de violencia de género en la cual el agresor utiliza a los hijos e hijas como instrumento para dañar a la mujer, atacando el vínculo materno-filial y convirtiendo a los menores en objetos de control, chantaje o venganza.”
En Baja California, la violencia vicaria fue reconocida legalmente mediante el Decreto No. 218, aprobado por la XXIV Legislatura y publicado el 15 de marzo de 2023 en el Periódico Oficial del Estado.
Este decreto reformó los artículos 6, 7 y 25 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, añadiendo la violencia vicaria como una modalidad de violencia de género en el catálogo estatal. Entre otras medidas, estableció la creación de un sistema de información para registrar denuncias e identificar reincidencias, y ordenó la recuperación inmediata de hijas e hijos sustraídos o retenidos.
Además, reformó el artículo 242 Bis del Código Penal de Baja California, tipificando la violencia vicaria como un delito que se persigue de oficio, con sanciones que pueden incluir la pérdida de la patria potestad en casos graves o de reincidencia.
Desde el Colectivo CESODI, junto con la Red de Mujeres Unidas por Baja California, impulsamos esta iniciativa histórica que permitió su reconocimiento legal en nuestro estado.
Cómplices de la violencia vicaria
La violencia vicaria no ocurre de manera aislada; muchas veces se perpetúa con complicidades:
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Instituciones: juzgados, fiscalías, DIF.
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Profesionales: médicos, abogados(as), peritos y psicólogos sin perspectiva de género e infancia.
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Entorno cercano: familia paterna, nueva pareja, grupos de desprestigio.
En CESODI trabajamos para visibilizar estas complicidades y exigir que las instituciones respeten el debido proceso y el interés superior de la niñez.